Victoria en Casación: Obtuvimos La Nulidad del Procedimiento y su Confirmación en la Cámara de Casación
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En la ciudad de Córdoba, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia recientemente dictó una sentencia en el caso “Trincheri, Agustina p.s.a. tenencia simple de estupefacientes -Recurso de Casación-” (SAC 9294522). Este caso ha suscitado un debate significativo en el ámbito legal, en especial en el derecho penal argentino. La decisión del tribunal de sobreseer a Agustina Trincheri ha generado controversias, llevando al fiscal de cámara de Villa Dolores, Dr. Sergio Gabriel Cuello, a interponer un recurso de casación. Este artículo analiza detalladamente el caso, las implicancias de la sentencia y su relevancia en el contexto del derecho penal en Argentina.
Antecedentes del Caso
Agustina Trincheri fue detenida en la ruta 38, a la altura de Villa Giardino, con 9 potes de 60 ml y 2 potes de 30 ml de crema de cannabis, así como 275 gramos de flores secas de marihuana. La incautación se produjo mientras viajaba con su pareja hacia Buenos Aires para asistir a su madre, quien estaba bajo tratamiento oncológico y utilizaba cannabis medicinal. Trincheri poseía un permiso interjurisdiccional para circular por 48 horas, con el fin de cuidar o asistir a su familiar.
La Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa Dolores inicialmente sobreseyó a Trincheri, calificando el hecho como “tenencia simple de estupefacientes” según el art. 14 de la ley 23.737. Sin embargo, el fiscal de cámara de Villa Dolores presentó un recurso de casación, argumentando que la resolución era arbitraria y prematura, ya que no se había evaluado correctamente la evidencia y la fundamentación era insuficiente.
Argumentos del Recurso de Casación
El fiscal de cámara, Dr. Sergio Gabriel Cuello, argumentó que la decisión de sobreseer a Trincheri fue intempestiva y carecía de una fundamentación adecuada. Cuello sostuvo que la resolución no respetaba los principios de debido proceso y sana crítica racional, lo que representaba una vulneración de los derechos procesales. Asimismo, planteó que la desvinculación procesal de Trincheri no podía determinarse con certeza en esa etapa del proceso, ya que existía una clara conexión entre la conducta atribuida y la afectación al bien jurídico protegido por la Ley 23.737.
Cuello destacó que la cantidad de sustancias incautadas excedía las autorizaciones legales para el uso medicinal de cannabis. Afirmó que la cantidad de crema y flores de marihuana encontradas en posesión de Trincheri indicaba una posible finalidad diferente al uso medicinal, sugiriendo la posibilidad de narcomenudeo. En este contexto, el fiscal citó jurisprudencia reciente y lineamientos asumidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) para apoyar su argumentación.
El fiscal argumentó que la tenencia de sustancias estupefacientes, incluso sin una finalidad específica, constituye un delito debido al peligro que representa para la salud pública. Citó doctrinas y jurisprudencia que sustentan que la sola tenencia de drogas es punible por el riesgo inherente que implica. Asimismo, hizo referencia a la normativa vigente sobre el uso medicinal del cannabis, resaltando que no se ha suprimido el tipo penal y que las cantidades encontradas excedían las permitidas para fines medicinales.
Decisión del Tribunal Superior de Justicia
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, presidida por la Vocal Dra. Aída Tarditti, rechazó el recurso de casación del fiscal de cámara. La resolución argumentó que la cantidad de sustancias incautadas no excedía groseramente lo permitido por la legislación sobre el uso medicinal del cannabis. El tribunal destacó que Trincheri poseía un permiso válido y que la tenencia de las sustancias estaba justificada por el tratamiento médico de su madre.
Principio de Lesividad
El tribunal subrayó que la conducta de Trincheri no afectaba el bien jurídico protegido, es decir, la salud pública, ya que las sustancias estaban destinadas al uso medicinal de su madre. En este sentido, la decisión se basó en el principio de lesividad, que establece que una conducta sólo es punible si afecta significativamente un bien jurídico protegido. El tribunal concluyó que la tenencia de cannabis por parte de Trincheri no presentaba relevancia penal y, por ende, no justificaba una sanción penal.
Doctrina de Mínima Intervención
La sentencia también se fundamentó en la doctrina de mínima intervención del derecho penal, que postula que el poder punitivo del Estado debe ser ejercido de manera limitada y sólo en casos de ataques graves a bienes jurídicos relevantes. En este contexto, el tribunal consideró que la intervención penal en el caso de Trincheri no era necesaria ni justificada.
Implicancias del Caso para el Derecho Penal
El caso Trincheri plantea importantes cuestiones sobre la evaluación de la tenencia de estupefacientes en el marco del derecho penal argentino. La decisión del tribunal de sobreseer a Trincheri, a pesar de la cantidad de sustancias incautadas, sugiere una interpretación más flexible de la ley en casos donde se justifique la tenencia por razones medicinales. Esto puede abrir un debate sobre la necesidad de ajustar la normativa vigente para reflejar mejor las excepciones legítimas al uso de estupefacientes.
La resolución del Tribunal Superior de Justicia destaca la importancia de proteger los derechos fundamentales de los imputados, asegurando que cualquier sanción penal esté debidamente fundamentada y justificada. Este enfoque refuerza el principio de debido proceso y la necesidad de una fundamentación adecuada en todas las etapas del procedimiento penal.
El énfasis del tribunal en la doctrina de mínima intervención subraya la necesidad de limitar el uso del derecho penal a casos verdaderamente graves. Esta perspectiva puede influir en futuras decisiones judiciales, promoviendo un enfoque más restringido y proporcional en la aplicación de sanciones penales.
Conclusiones
El caso “Trincheri, Agustina p.s.a. tenencia simple de estupefacientes -Recurso de Casación-” es un ejemplo significativo de cómo el derecho penal en Argentina puede adaptarse para reflejar mejor las realidades y excepciones en el uso de estupefacientes. La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba de sobreseer a Trincheri, basándose en el principio de lesividad y la doctrina de mínima intervención, resalta la necesidad de una interpretación cuidadosa y fundamentada de la ley penal. Este caso puede servir como precedente para futuras discusiones y reformas en el ámbito del derecho penal, promoviendo una aplicación más justa y equitativa de las sanciones penales.
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